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PROMESA y Estatus Lunes, 29 de agosto, 2016

PROMESA y Estatus Lunes, 29 de agosto, 2016
Hernán Padilla

La ley federal que creó la “Junta de Supervisión Administración y Estabilidad Económica de PR” es fundamental para lograr un gobierno eficiente que trabaje con un presupuesto balanceado, reduzca la deuda pública, promueva el desarrollo económico y preste los servicios esenciales al pueblo de PR.

El objetivo de PROMESA es sacar a PR del colapso fiscal y parálisis administrativa provocados por la administración actual por sus acciones irresponsables. Se autorizó a la Junta a supervisar las operaciones gubernamentales, reestructurar la deuda y lograr que PR tenga acceso favorable al mercado de bonos.

Las pésima política pública e inacción del gobierno local obligaron al gobierno federal a intervenir para revisar las decisiones fiscales; promover medidas para estabilizar la economía e incrementar el desarrollo económico; asegurar que el costo de la deuda sea sostenible; establecer proyecciones de ingresos y gastos certificadas por fuentes independientes; y asegurar que los recursos no se transfieran o se presten a otras entidades gubernamentales.

PROMESA le requiere al gobierno local un plan fiscal de cinco años para lograr responsabilidad fiscal, eliminar déficits estructurales y restablecer acceso a los mercados de capital. Si el gobierno no corrige las deficiencias, la Junta redactará el plan y/o un presupuesto.

El régimen actual ha ignorado que los ingresos y gastos no cumplen con sus propias proyecciones. El nuevo gobierno tiene que comprometerse a reducir el gigantismo gubernamental y eliminar los contratos que no son costo-efectivos. La Junta tiene potestad para revisar leyes, contratos, reglamentos y órdenes ejecutivas para asegurar que cumplen con el presupuesto y el plan fiscal. Prohíbe que reasignen fondos aprobados, garanticen una deuda o participen en cualquier transacción relacionada a la deuda sin tener razones poderosas.

Contrario a las mentiras de los soberanistas-separatistas, PROMESA reafirma que nada puede limitar la autoridad constitucional del Congreso a ejercer autoridad sobre los territorios, según el Artículo IV, Sección 3 de la Constitución de EEUU o citar a oficiales judiciales o empleados de las cortes locales porque PR es un territorio sujeto a los poderes plenarios del Congreso.

Ante esa realidad, las acciones gubernamentales no serán suficientes para rescatar la economía de PR sujeta a un modelo político-económico que le niega a PR igualdad de oportunidades, crecimiento económico y garantías que tienen nuestros conciudadanos en los 50 estados.

Contrario a otra falsedad del PPD de que con PROMESA se destruyó la estadidad, el Congreso y el Ejecutivo incluyeron la Sección 402: “Derecho de PR a Determinar su Estatus Político Futuro” que dispone: “Nada en esta ley será interpretado para limitar el derecho de PR a determinar su condición política futura, incluso realizar el plebiscito autorizado por la ley pública federal 113-76”.

Esta Ley estipula que el gobierno de PR someterá al Secretario de Justicia federal la definición de las formulas para la consulta; que el Secretario determinará si cumplen con la Constitución de los EEUU, leyes, reglamentos, y la política pública para autorizar el plebiscito; y asigna fondos federales para educar sobre este proceso avalado por el Congreso. Lamentablemente, el gobierno separatista actual se ha negado a cumplir con ese requisito para resolver el estatus, que según la encuesta de END el pueblo quiere la Estadidad para lograr un mejor futuro.

Por no darle importancia a resolver el estatus político, desde 1949 las políticas para el desarrollo económico han sido inefectivas para prevenir situaciones como la crisis fiscal que mantiene a más de la mitad de la población en la pobreza e impulsa la migración poblacional.

El éxito depende de que se elimine el gigantismo gubernamental, el favoritismo político, el despilfarro de recursos y la corrupción. Exijamos un gobierno eficiente, efectivo, honesto, que le dé prioridad a resolver la condición colonial que mantiene a nuestro pueblo como ciudadanos americanos sin poderes políticos y participación en el gobierno nacional.

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PROMESA, guía para buen gobierno, 15 de agosto, 2016

PROMESA, guía para buen gobierno, 15 de agosto, 2016
Hernán Padilla

Insisto en que es fundamental que los funcionarios públicos estudien todos los detalles de la Ley federal que creó la “Junta de Supervisión Administración y Estabilidad Económica de PR”. Por ejemplo, el Capítulo V sirve de para darle prioridad a proyectos necesarios para rescatar la economía y resolver situaciones de emergencia.

Después de leer la ley detalladamente, deseo compartir mi interpretación de ese importante capítulo. El mandato surge porque el gobierno ha fallado en su función primordial de darle prioridad a proyectos necesarios para reparar el deterioro de las estructuras físicas necesarias y vitales para el desarrollo económico y prestar servicios al pueblo. Entre ellos energía, agua, alcantarillados, desperdicios sólidos, carreteras y puertos y otros que representan altos riesgos a la vida, salud, seguridad pública y los ecosistemas.

La Ley PROMESA responde a la necesidad de revitalizar la infraestructura de PR y acelerar proyectos críticos necesarios para resolver una emergencia que requiera aprobación e implementación urgente. Con ese propósito, el gobernador nombrará un Coordinador de Revitalización (CR) dentro de 10 días de haber sido nominados por la Junta de Supervisión. De no hacerlo, la Junta procederá con el nombramiento.

Cuando el gobierno o la empresa privada propongan un “proyecto critico” deberán someter información sobre la disponibilidad de fondos públicos y/o privados para desarrollar, operar y mantenerlo, el costo a los usuarios, beneficios ambientales y económicos y los empleos que serán creados.

Los auspiciadores de proyectos de energía que son esenciales para fortalecer el desarrollo económico y apoyar las metas de reducir los costos para lograr tarifas favorables a los consumidores y negocios tendrán que someter información sobre: cómo reducir la dependencia del petróleo, mejorar la eficiencia de la infraestructura, adelantar la conversión a gas natural y fuentes renovables, promover el desarrollo y consumo de fuentes de energía existentes en PR, y contribuir a la transición del proceso de generación de energía al sector privado.

Para lograr un proceso eficiente y acelerado, el Coordinador (CR), en consulta con el gobernador, identificará las agencias relacionadas al desarrollo del proyecto y les requerirá que implemente un proceso acelerado para expedir los permisos. Si las agencias no lo hacen, el Coordinador (CR), en consulta con el gobernador, redactará y asignará dicho proceso acelerado.

Cumpliendo con principios de buena gerencia, los proyectos críticos serán designados en orden de prioridad. El Coordinador (CR) someterá un informe para cada proyecto critico dentro de 60 días de sometidos. Cada informe incluirá una evaluación sobre el cumplimiento de requisitos y una recomendación del gobernador sobre si el proyecto debe considerarse “critico”. Si el gobernador no somete una recomendación, su inacción equivale a concurrir con la recomendación del Coordinador.

PROMESA protege y promueve la participación de las agencias relacionadas a los proyectos críticos. En el caso de la Junta de Planes, se requiere que determine si un proyecto afecta la implantación del Plan de Uso de Terrenos y de no ser consistente, el proyecto queda descalificado. Proyecto de energía que conecten con las líneas de transmisión de la AEE: requieren que la Comisión de Energía de PR determine si se afecta el plan integrado de recursos, y de afectarlo el proyecto será inelegible.

La Ley promueve la transparencia y participación de la ciudadanía. Tan pronto se complete la evaluación de cada proyecto, el Coordinador (CR) publicará un informe para que los residentes de PR sometan comentarios y posteriormente el someterá un informe a la Junta de Supervisión para que lo apruebe o rechace.

El mandato de PROMESA es para implementar un buen gobierno dentro del marco legal y gerencial federal. Para lograrlo, las estructuras políticas y el propio gobierno requerirán la transformación de la cultura administrativa y legislativa que ha sumido a PR en una crisis fiscal y en un colapso económico.

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No hay espacio para el fracaso, lunes 1 de agosto, END

lunes, 1 de agosto de 2016
No hay espacio para el fracaso
La Junta de Supervisión Fiscal tiene poderes sobre la administración pública para supervisar las operaciones del gobierno, reestructurar la deuda y lograr que Puerto Rico tenga acceso favorable al mercado de bonos.

Para que puedan ser efectivos y eficientes dentro de un marco legal diferente, todos los funcionarios gubernamentales y candidatos a posiciones electivas deben conocer esta ley que establece cambios radicales en los procesos legislativos y administrativos de Puerto Rico.

Entre las disposiciones de la legislación sobresale que: detiene las demandas contra el gobierno local hasta el 15 de febrero de 2017; crea dentro del gobierno de la Isla una “Junta de Supervisión Administración y Estabilidad Económica de Puerto Rico” para revisar y aprobar las decisiones fiscales del gobierno; asigna poderes para reestructurar las deudas usando los mismos criterios de la Ley de Quiebras federal; promoverá medidas para estabilizar la economía y el desarrollo económico; Puerto Rico tiene derecho a determinar su status político mediante plebiscito, entre fórmulas constitucionales certificadas por el Departamento de Justicia usando fondos federales.

Enfatizo que la Junta no es una agencia del gobierno federal, será un instrumento autónomo e independiente. Se compondrá de siete miembros nombrados por el presidente por un término de tres años y seleccionados de las listas sometidas por la Cámara y el Senado federal que incluirán tres residentes en Puerto Rico, y el gobernador vigente será miembro sin voto. Los candidatos no pueden ser o haber sido funcionarios, empleados o electos del gobierno de Puerto Rico.

La Junta revisará, aprobará y certificará los planes fiscales y presupuestos sometidos por el gobernador y la Legislatura. Para asegurar su cumplimento, la Junta podrá imponer controles de gastos y de personal. Exigirá un plan fiscal de cinco años para lograr responsabilidad fiscal, eliminar déficits estructurales y restablecer acceso a los mercados de capital.

El plan fiscal debe lograr los objetivos fiscales, presentar acciones para que el costo de la deuda sea sostenible, establecer proyecciones de ingresos y gastos independientes, incluir capital para desarrollo y crecimiento económico y asegurar que los fondos o recursos no se transfieran o se presten a otras entidades gubernamentales.

La Junta revisará y determinara si el plan fiscal y el presupuesto satisfacen o no los requisitos, en cuyo caso la Junta notificara cualquier violación para que sometan un Plan Fiscal y/o un presupuesto revisado. Si no toman acción correctiva y un Plan Fiscal corregido, la Junta redactará un Plan y/o un presupuesto que se considerarán oficial y final.

Además, el gobernador someterá informes trimestrales sobre ingresos reales, gastos y flujo de caja (liquidez) y la Junta determinará si los ingresos, gastos y flujo son consistentes con las proyecciones y podrá ordenar paralizar el reclutamiento y nuevos contratos para cumplir con el presupuesto.

Durante la vigencia de la Junta, el gobierno local no podrá garantizar una deuda, modificar, readquirir, o participar en cualquier transacción relacionada a la deuda sin autorización previa de la Junta.

En cuanto a las pensiones se refiere, si los sistemas de retiro públicos no tienen los recursos para cumplir con sus obligaciones financieras, la Junta ordenará un análisis basado en estudios actuariales de las obligaciones, fondos disponibles e ingresos proyectados y tomará las acciones necesarias para garantizar pagos por 30 años.

La Junta cesará su autoridad y funciones cuando certifique que existe acceso adecuado a los mercados financieros; y que al menos cuatro presupuestos anuales cumplan con los estándares de contabilidad que certifican un presupuesto balanceado en el que los gastos no excedan los ingresos.

Exhorto a los funcionarios gubernamentales y aspirantes a puestos electivos que estudien detalladamente esta nueva ley y se preparen para los abarcadores cambios administrativos, políticos y legales que resultarán de la Junta de Supervisión Fiscal.

¡Ésta es una última oportunidad durante la cual no podemos ni se nos permite el lujo de fracasar!

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