Cuestionables Decisiones jurídicas. 7 de diciembre, 2015
Cuestionables Decisiones jurídicas. 7 de diciembre, 2015
Hernán Padilla
La indefinición del ELA es la causa de muchos de los problemas que afectan a PR. Basta con leer la decisión del Tribunal de Apelaciones sobre el caso Casellas que concedió la petición de un nuevo juicio y revocó la sentencia alegando un nuevo estado de derecho determinado por el Tribunal Supremo de PR que establece que Puerto Rico no cuenta con soberanía dual para acusar a una persona que ya ha sido acusada en el foro federal.
En mi columna del 26 de octubre sobre la decisión del Supremo Federal de considerar la apelación de la decisión del Tribunal Supremo de PR sobre la aplicación de “doble exposición” en el caso del Pueblo vs Sánchez Valle, expuse que abriría “La caja de pandora política y constitucional”.
La defensa de Casellas reclamó que la Constitución de Estados Unidos exigía un veredicto unánime en un juicio por jurado. Cuando el Tribunal de Apelaciones revocó su sentencia de 109 años y le concedió un nuevo juicio abrió la caja de Pandora. Esta es una decisión cuestionable y la prensa reportó que el Secretario de Justicia indicó que esta podría provocar “una avalancha de solicitudes de excarcelación, y convierte la Constitución de PR en una mera Ley”.
Es correcto que a nivel federal el veredicto de culpabilidad en casos de juicio por jurado tiene que ser unánime, pero ello no aplica a nivel estatal. Existen importantes precedentes jurídicos que han validado el veredicto por mayoría a nivel estatal, porque el requisito de unanimidad no se considera un derecho fundamental disponible a los estados. El derecho a juicio por jurado garantizado por la sexta enmienda de la Constitución Federal no requiere que los veredictos tengan que emitirse por voto unánime.
Otro aspecto sobresaliente es que el Tribunal Apelativo se amparó en una decisión pendiente de revisión, ya que la decisión del Tribunal Supremo local de Pueblo vs Sánchez Valle NO es final y firme, debido a que está ante el Tribunal Supremo Federal(SCOTUS) que podría revocar la sentencia. En vista de que el Tribunal Supremo de PR no consideró la quinta y la séptima enmienda al tomar su decisión, ambas decisiones podrían ser revocadas.
Bajo ese racional, aplicaría la Séptima Enmienda y el derecho a juicios por Jurado en casos civiles en PR, y tendría que establecerse la institución del Gran Jurado porque de otra manera todas las acusaciones de delitos graves serían ilegales. A la larga tendrían que reconocer el derecho a juicio por jurado, como si PR fuera un estado.
En el caso Pueblo vs Sánchez, el Tribunal Supremo local entró en terreno sensitivo cuando determinó que el territorio de PR no tiene los poderes ni la autonomía separada como la de los 50 estados, obviando el hecho de que el Congreso autorizó en nuestra jurisdicción la creación del Tribunal Federal al amparo del Artículo III de la Constitución y que sus decisiones pueden ir directamente al Tribunal Supremo Nacional.
Los casos del “Pueblo vs Sánchez” y la apelación al Supremo federal, y ahora la decisión del Tribunal de Apelaciones sobre la sentencia de Casellas abren las puertas para que SCOTUS le ponga fin al ELA.
No se pueden ignorar las decisiones de las Cortes Federales que le han extendido a todos los ciudadanos americanos, incluyendo a los que residen en PR, la mayoría de las “garantías constitucionales”.
La Corte Suprema no debe ignorar la evolución constitucional de nuestra Nación, que demanda que el gobierno federal garantice iguales derechos a todos sus ciudadanos que residen en la Isla.
Es hora que la Corte Suprema de EEUU no abdique su responsabilidad jurídica hacia los ciudadanos americanos que residen en PR y aplique a PR la Constitución americana en toda su extensión y en condiciones de plena igualdad.
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