Acabemos con este vestigio colonial, segunda publicación 07-17-2018

Acabemos este vergonzoso vestigio colonial, END, 12/08/14
Hernán Padilla, MD *

A raíz del Tratado de Paris del 1898, España cedió a EEUU a Cuba y Puerto Rico y recibió un pago de $20 millones por las Filipinas. Evidencia de que siempre consideró a Puerto Rico de manera diferente, Estados Unidos le concedió la independencia a Cuba y Filipinas, mientras encaminaba a Puerto Rico hacia la estadidad.
El Acta Foraker estableció los pasos para terminar la ocupación militar creando un gobierno civil, y convirtió a Puerto Rico en la primera posesión “organizada” bajo la bandera americana.

La Corte Suprema definió la relación con las nuevas posesiones. La administración de las posesiones se convirtió en una doctrina conocida como los “Casos Insulares”, la cual evolucionó a lo que el Juez Federal Juan R Torruella denominó como “separados y desiguales” al referirse a los Ciudadanos Americanos en Puerto Rico.

El Acta Jones del 1917 fue un paso crucial para encaminar la Isla hacia un territorio incorporado y convertirse en Estado; otorgó la Ciudadanía Americana a todos los residentes en PR y amplió los podres del gobierno local sobre asuntos internos.

Sin embargo, el propósito de la designación como “territorio no incorporado” fue mantener la Isla como una posesión tal que la Constitución federal aplicase de manera selectiva a sus residentes. En palabras del Juez Jose Cabranes, “the United States acquired not “territories, but possessions or ‘dependencies’ and became in this sense an ‘imperial power’.”

La creación de las Naciones Unidas trajo consigo el compromiso de eliminar el colonialismo que afectaba a más de 750 millones de personas mundialmente. Como consecuencia, el estatus de “territorio no-incorporado” de Puerto Rico, equivalente a una posesión-colonial, se tornó un una situación embarazosa para los Estados Unidos.

Sobre esas bases, el Presidente Truman firmó la Ley del Gobernador Electo– un paso que acercó más a Puerto Rico a la Estadidad– instituyendo que se respetarán “los derechos constitucionales, privilegios e inmunidades de los Ciudadanos Americanos en Puerto Rico como si fuera un Estado de la Unión”.

Posteriormente, el Congreso aprobó la Ley de Relaciones Federales y autorizó a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a crear una Constitución con el aval del Congreso, similar a la de un Estado, que estableciera un gobierno local con el mayor grado de soberanía compatible con la Constitución de Estados Unidos.

La Juez Federal Sandra Day O’Conor opinó sobre la evolución de esta relación dentro del marco constitucional federal: “aunque Puerto Rico no es un Estado de la Unión se asemeja a un Estado dentro de los términos comúnmente aceptados para definir el concepto”. No obstante, hoy día, Puerto Rico aún vive bajo un estatus de “discrimen geográfico”.

La justificación de la Corte Suprema de esta “segregación constitucional” es una anomalía intolerable que contradice la intención de los Fundadores de la Nación de que ningún territorio sería una colonia indefinidamente.

La Constitución actual de Puerto Rico fue un paso positivo hacia instituir un gobierno local similar a un Estado, pero en términos de derechos civiles no cambió el trato de Puerto Rico como un “territorio no-incorporado”. El Juez Asociado William Brennan expresó su descontento con este trato discriminatorio en una “opinión concurrente” que enfatizó lo anacrónico de los “Casos Insulares” y que la Carta de Derechos debía ser aplicable a PR en su totalidad.

En el plebiscito del 2012, con la participación del 81% del electorado, un 54% rechazó el estatus territorial actual, revocando el consentimiento de los gobernados al ELA-colonial, y un 61% favoreció la estadidad.

El Congreso tiene la obligación de culminar el proceso que se inició con el Acta Jones conducente a la estadidad, tomar acción para eliminar este vergonzoso vestigio colonial, dar a Puerto Rico tratamiento de “territorio incorporado” y aprobar la legislación necesaria para su pronta admisión como Estado.

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