Quieren disfrazar Asamblea Inconstitucional de status; publicada 09/02/13

51. Quieren disfrazar Asamblea Inconstitucional de status 09/02/13
Hernán Padilla
Ante las contradicciones de los que pretenden celebrar una “Asamblea Inconstitucional de Status” según propone García Padilla, es necesario considerar las expresiones públicas de algunos de sus aliados y la Constitución de Puerto Rico.

Puerto Rico tiene el derecho a reconocer las diferencias entre los que proponen un juego político mediante un mecanismo que no tiene la menor oportunidad de resolver el problema del status y los que abiertamente apoyamos que Puerto Rico se convierta en un Estado de los Estados Unidos.
El ex-gobernador Hernández Colon propone un proceso sin límite de tiempo que “debe permanecer vigente hasta que logre su objetivo”. Reconoce también que no es tan fácil como pretende el PPD: “El procedimiento para convocar una Asamblea Constituyente, según el Articulo VII de la Constitución de Puerto Rico, requiere que dos terceras partes de ambas cámaras legislativas lo aprueben y que esta decisión se someta a votación al pueblo, no al antojo del PPD, sino en las elecciones subsiguientes.

Rafael confirma la dependencia del ELA-colonial y acepta que si hubiera tal “Asamblea” es el “Congreso que por ley establece el proceso para considerar las propuestas y quien tiene la autoridad para rechazarlas”.

Sin embargo, Aníbal Acevedo Vilá pretende disfrazar la Asamblea “inconstitucional” y recomienda llamarla “Asamblea de Status” (elimina Constitucional) , como si fuera otra comisión de status, para que no se apliquen “las normas jurídicas de las convenciones constitucionales”. Igual que RHC, reconoce que dicha asamblea “no puede obligar al Congreso de los Estados Unidos a que acepte lo que se le propone”

No pueden ocultar que no quieren ser parte de los Estados Unidos. Aníbal afirma que “no le veo ningún problema a que se incluya la opción de libre asociación (sin ciudadanía americana) como una cuarta alternativa”.
La Comisión de Status del PPD propone:”suscribir un pacto de asociación no colonial, y no territorial con los Estados Unidos basado en el ejercicio de la soberanía de ambos países (naciones independientes) y con plena validez internacional de conformidad con la Resolución 2625 (XXV) de la Organización de las Naciones Unidas. (Independencia o republica asociada)

Legisladores populares radicaron proyectos y posponen su consideración amparándose en una disposición constitucional para consultar si el pueblo desea que se convoque a una convención constituyente aunque choque contra el poder del Congreso, que impuso restricciones a la colonia limitando los poderes para enmendar nuestra Constitución.

Ante la estrategia popular, el Artículo VII de la Constitución de Puerto Rico es fácil de entender. Sección 1, La Asamblea Legislativa podrá proponer enmiendas a esta Constitución mediante resolución concurrente que se apruebe por no menos de dos terceras partes del número total de los miembros de que se compone cada cámara”. Este requisito no se puede cumplir ya que los líderes estadistas se oponen a una Asamblea Inconstitucional.

Los estadistas basamos nuestra posición fundamentalmente en la Sección 3. “Cualquier enmienda o revisión de esta Constitución deberá ser compatible con la resolución decretada por el Congreso de los Estados Unidos aprobando esta Constitución con las disposiciones aplicables de la Constitución de los Estados Unidos, con la Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico y con la Ley Pública 600 del Congreso Octogésimo primero”.

Más que eso, insistimos que la independencia no es opción y que el ELA mejorado, ELA Soberano o la república asociada no caben dentro del orden constitucional americano.
No importa como la llamen, Asamblea Inconstitucional, Convención, Comisión o Asamblea de Status, la realidad es que todas son innecesarias e ignoran que el pueblo emitió su veredicto, derrotó el ELA-territorial-colonial, revocó el consentimiento de los gobernados y el 61% apoyó la estadidad en el referéndum del 2012. La próxima Constituyente será al amparo de la Constitución de los Estados Unidos para el Estado de Puerto Rico.

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